Puntos clave
- Es un instrumento de financiación del ordenamiento territorial.
- La ley fija la exigibilidad cuando el propietario "realiza" ese mayor valor.
- Sobre ese efecto, el concejo municipal fija el porcentaje de participación dentro del rango legal; cada municipio define el suyo por acuerdo.
- En el estudio de títulos esta revisión no es opcional: una plusvalía liquidada y no pagada debe aparecer antes de la escritura.
- La obligación sigue al predio y se exige a quien realiza el hecho generador.
La participación en plusvalía es el derecho del municipio a cobrar parte del mayor valor que una decisión administrativa le genera a su predio. No se cobra el día de la decisión, sino cuando usted pide licencia, vende o cambia el uso. No es un impuesto nuevo ni una sanción.
Lista · Antes de firmar la promesa
Los 12 documentos que el notario te va a pedir
Márcalos a medida que los consigues. Se guardan en este dispositivo.
Superintendencia de Notariado y Registro, en línea; vigencia 30 días
La notaría donde se firmó; pide copia auténtica
Tesorería o Hacienda del municipio
La administración del conjunto o edificio
Los entrega el vendedor; el RUT se descarga en la DIAN
Se otorga en notaría, o en consulado si está fuera del país
Aparece en el recibo del predial o en Catastro
En la escritura y en la ficha catastral
Últimas facturas pagadas de EPM o del operador local
Se declara ante el notario en la misma escritura
La redacta tu abogado o inmobiliaria; nunca firmes la del vendedor sin leerla
Curaduría urbana o Planeación municipal
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Dónde se consigue cada documento
- Certificado de tradición y libertad: Superintendencia de Notariado y Registro, en línea; vigencia 30 días
- Escritura anterior: La notaría donde se firmó; pide copia auténtica
- Paz y salvo predial: Tesorería o Hacienda del municipio
- Paz y salvo de administración, si aplica: La administración del conjunto o edificio
- Cédula y RUT del vendedor: Los entrega el vendedor; el RUT se descarga en la DIAN
- Poder, si el vendedor está representado: Se otorga en notaría, o en consulado si está fuera del país
- Avalúo catastral: Aparece en el recibo del predial o en Catastro
- Plano y linderos: En la escritura y en la ficha catastral
- Servicios públicos al día: Últimas facturas pagadas de EPM o del operador local
- Certificado de no afectación a vivienda familiar: Se declara ante el notario en la misma escritura
- Borrador de la promesa de compraventa: La redacta tu abogado o inmobiliaria; nunca firmes la del vendedor sin leerla
- Licencia de construcción, si aplica: Curaduría urbana o Planeación municipal
Google · Fuente preferida
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Qué es
Es un instrumento de financiación del ordenamiento territorial. Si el municipio, mediante su Plan de Ordenamiento Territorial, decide que un terreno antes agrícola ahora admite vivienda campestre o parcelación, ese terreno vale más sin que el propietario haya hecho nada, y el municipio participa de ese mayor valor. Tres hechos generadores clásicos:
- Cambio de clasificación del suelo: de rural a expansión urbana o urbano.
- Cambio de uso: de agrícola a vivienda campestre o comercial, por ejemplo.
- Mayor aprovechamiento: más índice de ocupación, de construcción o altura.
El hecho generador es una decisión del municipio, no una obra suya. Por eso no se confunde con la valorización, que se cobra por una obra pública concreta.
Por qué aparece al pedir la licencia
La ley fija la exigibilidad cuando el propietario "realiza" ese mayor valor. El caso más común en el Oriente Antioqueño es la solicitud de licencia de urbanización o construcción: entre los requisitos aparece el paz y salvo de plusvalía o el recibo de pago. Otros momentos:
- La transferencia del dominio: al vender, el notario y la Oficina de Registro verifican que la obligación esté atendida.
- El cambio efectivo de uso del predio.
- La adquisición de títulos valores de derechos de construcción, donde el municipio los emite.
Puede existir una plusvalía liquidada a su nombre sin que lo sepa si no ha pedido licencia ni vendido.
Cómo se calcula
- Precio comercial por m² antes de la decisión.
- Precio comercial por m² después, con el nuevo uso o aprovechamiento.
- Efecto plusvalía: la diferencia, multiplicada por el área del predio afectado.
Sobre ese efecto, el concejo municipal fija el porcentaje de participación dentro del rango legal; cada municipio define el suyo por acuerdo. El cálculo lo hace la autoridad catastral o el perito designado, queda en un acto administrativo notificado al propietario e inscrito en el folio de matrícula, por eso aparece en el certificado de tradición y libertad.
Dónde revisar si su predio la tiene
- Certificado de tradición y libertad, con la matrícula inmobiliaria: afectaciones, gravámenes y la inscripción del efecto plusvalía.
- Certificado de uso del suelo en la Secretaría de Planeación: qué admite hoy el predio según el POT. Si el uso cambió, ahí está el indicio.
- Estado de cuenta en Hacienda municipal: si hay liquidación y si está pendiente.
En el estudio de títulos esta revisión no es opcional: una plusvalía liquidada y no pagada debe aparecer antes de la escritura.
Quién paga
La obligación sigue al predio y se exige a quien realiza el hecho generador. Si es la venta, el obligado natural es el vendedor; si es la licencia, quien la solicita, que suele ser el nuevo propietario o el desarrollador. En la práctica se pacta en la promesa, no en la notaría, con tres cláusulas:
- Quién asume la plusvalía ya liquidada a la fecha de la promesa.
- Qué pasa si aparece una liquidación posterior originada en una decisión anterior.
- Qué ocurre si el valor supera cierto monto: desistir, reajustar el precio o repartir.
La plusvalía no es gasto de cierre y merece su propia cláusula; los gastos de escrituración se reparten según lo pactado y los de registro corresponden normalmente al comprador.
Si no la paga
No es una multa, es una puerta cerrada: sin el paz y salvo, Planeación no expide la licencia y la escritura no avanza. En una operación que toma entre 30 y 45 días, descubrirla en la semana tres basta para que el cierre se caiga. Además es visible en el folio para cualquier comprador, banco o abogado: un predio con esa anotación pendiente se negocia con descuento o no se negocia.
Plusvalía frente a valorización
| Participación en plusvalía | Contribución de valorización | |
|---|---|---|
| Qué la causa | Una decisión del POT: cambio de uso, de clasificación o de aprovechamiento | Una obra pública concreta que beneficia la zona |
| Cuándo se exige | Al pedir licencia, al vender, al cambiar el uso efectivo | Según el acto que decreta la contribución, antes o después de la obra |
| Base de cálculo | Diferencia de precio del suelo antes y después de la decisión | Costo de la obra distribuido entre los predios beneficiados |
Tampoco es el predial, que es anual y va del 0,3 al 1,2 por ciento del avalúo catastral según el municipio, ni la ganancia ocasional, que se liquida al 15 por ciento sobre la utilidad cuando el inmueble se tuvo dos años o más. Las tres pueden coincidir en una venta.
Por qué pesa en el Oriente Antioqueño
Aquí gran parte de lo que se vende es suelo rural, donde los POT definen qué admite parcelación, vivienda campestre o uso agrícola. En Guatapé y El Peñol un lote se consigue desde unos $409 millones con valor típico de $1.385 millones, y una finca desde unos $550 millones con valor típico cercano a $1.475 millones. Orden correcto: primero certificado de uso del suelo, después certificado de tradición, después números.
Cómo lo sabemosCifras al 13 de octubre de 2026. Precios: anuncios activos verificados por nosotros; tasa USD: TRM 3.194,44 COP del 10 de octubre de 2026 (Banco de la República, vía datos.gov.co).
Preguntas frecuentes
¿La participación en plusvalía se cobra cada año como el predial?
No. Es un cobro de una sola vez, asociado a una decisión administrativa concreta, que se exige al pedir licencia, vender o cambiar el uso.
¿Puedo vender un predio con plusvalía liquidada y pendiente de pago?
Puede negociarlo, pero el cierre se traba porque aparece en el certificado de tradición. Se resuelve pagando antes de escriturar o descontando el valor del precio, con cláusula en la promesa.
¿Quién calcula la plusvalía y puedo discutirla?
La autoridad catastral o el perito del municipio. Contra el acto administrativo que la liquida proceden los recursos de la vía gubernativa dentro de los términos legales.
¿Qué documento me dice si mi lote cambió de uso del suelo?
El certificado de uso del suelo, que expide la Secretaría de Planeación con base en el POT vigente.