Puntos clave
- Lleve uno de estos datos y el trámite sale sin vueltas:
- El cierre de una compraventa toma normalmente entre 30 y 45 días una vez acordado el negocio, y el paz y salvo debe estar vigente el día de la firma, no el día de la promesa.
- El impuesto predial va del 0,3 al 1,2 por ciento del avalúo catastral, según el municipio y según la categoría del predio (urbano, rural, lote sin construir, uso comercial).
- Va del 0,3 al 1,2 por ciento del avalúo catastral, según el municipio y la categoría del predio.
Usted saca el impuesto predial pidiendo la factura o el recibo de pago en la secretaría de hacienda de su municipio, con el número de matrícula inmobiliaria o el código catastral del predio. La mayoría de municipios del Oriente Antioqueño lo emiten en ventanilla el mismo día, y varios lo generan en línea para imprimir y pagar en banco.
Lista · Antes de firmar la promesa
Los 12 documentos que el notario te va a pedir
Márcalos a medida que los consigues. Se guardan en este dispositivo.
Superintendencia de Notariado y Registro, en línea; vigencia 30 días
La notaría donde se firmó; pide copia auténtica
Tesorería o Hacienda del municipio
La administración del conjunto o edificio
Los entrega el vendedor; el RUT se descarga en la DIAN
Se otorga en notaría, o en consulado si está fuera del país
Aparece en el recibo del predial o en Catastro
En la escritura y en la ficha catastral
Últimas facturas pagadas de EPM o del operador local
Se declara ante el notario en la misma escritura
La redacta tu abogado o inmobiliaria; nunca firmes la del vendedor sin leerla
Curaduría urbana o Planeación municipal
La lista completa se muestra al agregarme como fuente preferida en Google. Un clic, sin correo ni llamada.
Dónde se consigue cada documento
- Certificado de tradición y libertad: Superintendencia de Notariado y Registro, en línea; vigencia 30 días
- Escritura anterior: La notaría donde se firmó; pide copia auténtica
- Paz y salvo predial: Tesorería o Hacienda del municipio
- Paz y salvo de administración, si aplica: La administración del conjunto o edificio
- Cédula y RUT del vendedor: Los entrega el vendedor; el RUT se descarga en la DIAN
- Poder, si el vendedor está representado: Se otorga en notaría, o en consulado si está fuera del país
- Avalúo catastral: Aparece en el recibo del predial o en Catastro
- Plano y linderos: En la escritura y en la ficha catastral
- Servicios públicos al día: Últimas facturas pagadas de EPM o del operador local
- Certificado de no afectación a vivienda familiar: Se declara ante el notario en la misma escritura
- Borrador de la promesa de compraventa: La redacta tu abogado o inmobiliaria; nunca firmes la del vendedor sin leerla
- Licencia de construcción, si aplica: Curaduría urbana o Planeación municipal
Google · Fuente preferida
La lista completa está lista.
Agrégame como fuente preferida en Google y ves los 12 documentos aquí, con dónde conseguir cada uno y la versión para imprimir. Un clic, sin correo ni llamada.
¿Qué necesito para que me lo expidan?
Lleve uno de estos datos y el trámite sale sin vueltas:
- Número de matrícula inmobiliaria: aparece en la escritura y en el certificado de tradición y libertad.
- Código catastral o ficha catastral: aparece en un recibo anterior del predial o en el avalúo catastral.
- Cédula del propietario inscrito: sirve cuando el predio está a su nombre y no tiene los otros datos a mano.
- Dirección exacta o nombre de la vereda y el predio, para fincas y lotes rurales donde no hay nomenclatura urbana.
Si el inmueble es rural y nunca ha pagado predial a su nombre, pida primero el certificado de tradición y libertad con la matrícula: ahí confirma quién figura como propietario inscrito, y ese es el nombre que la secretaría de hacienda tiene en su base.
¿Cómo es el paso a paso?
- Ubique la matrícula inmobiliaria en la escritura pública o en el certificado de tradición y libertad.
- Entre al portal del municipio (Guatapé, El Peñol, Marinilla, Rionegro, El Retiro y La Ceja tienen módulo de impuestos en línea) y busque la opción de predial o estado de cuenta. Digite la matrícula o el código catastral.
- Descargue el recibo con el código de barras y la fecha límite de pago. Ese documento es el que vale en banco y el que le piden en notaría.
- Si no aparece en línea, vaya a la secretaría de hacienda o a la taquilla de impuestos de la alcaldía. Allí lo imprimen en el momento.
- Pague en banco, corresponsal o botón PSE, y guarde el soporte. Para escriturar no basta el recibo: necesita el paz y salvo de predial, que es un documento distinto y lo expide el mismo municipio una vez verificado que no hay saldos pendientes.
¿Para qué me van a pedir el predial o el paz y salvo?
Son momentos concretos, no trámites de archivo:
- Al vender: el notario exige el paz y salvo de predial del año en curso antes de autorizar la escritura pública de compraventa. Sin él, la firma se cae ese mismo día.
- Al comprar: pida el recibo de los últimos años. El predial es una obligación que sigue al predio, así que una deuda vieja termina siendo problema del nuevo dueño.
- En propiedad horizontal: al paz y salvo de predial se suma el paz y salvo de administración, requisito habitual para escriturar.
- Para el crédito hipotecario: el banco lo pide dentro del paquete de documentos del inmueble.
- Para licencias de construcción o subdivisión ante la oficina de planeación.
Tenga en cuenta los tiempos. El cierre de una compraventa toma normalmente entre 30 y 45 días una vez acordado el negocio, y el paz y salvo debe estar vigente el día de la firma, no el día de la promesa. Si lo saca demasiado temprano y el año fiscal cambia, toca repetirlo.
¿Cuánto me va a salir y por qué varía tanto?
El impuesto predial va del 0,3 al 1,2 por ciento del avalúo catastral, según el municipio y según la categoría del predio (urbano, rural, lote sin construir, uso comercial). Dos fincas vecinas con avalúos parecidos pueden pagar distinto si una está en jurisdicción de un municipio y la otra del vecino, o si una figura como lote urbanizable no urbanizado.
Casi todos los municipios del Oriente ofrecen descuento por pronto pago en los primeros meses del año y permiten pago por cuotas. Si el recibo le llega con un avalúo que no reconoce, la discusión no es con hacienda: es con catastro, y se tramita por separado.
Un punto que confunde a muchos vendedores: el predial no es el único costo del inmueble en la mesa de cierre. Los gastos de cierre del comprador rondan el 2 por ciento del precio (notaría 0,27 por ciento, registro 0,67 por ciento y beneficencia 1 por ciento), más honorarios del abogado. Y del lado del vendedor, la ganancia ocasional se liquida al 15 por ciento cuando el inmueble se tuvo dos años o más, con retención practicada por el notario en el momento de la escrituración.
Preguntas frecuentes
¿Qué dato necesito para sacar el recibo del predial?
El número de matrícula inmobiliaria o el código catastral del predio. La matrícula aparece en la escritura pública y en el certificado de tradición y libertad. Con la cédula del propietario inscrito también suelen encontrarlo en ventanilla.
¿El recibo de predial sirve como paz y salvo?
No. El recibo acredita el valor a pagar del periodo; el paz y salvo certifica que el predio no tiene saldos pendientes de ningún año. El notario exige el paz y salvo, no el recibo, para autorizar la escritura.
¿Cuánto cuesta el impuesto predial?
Va del 0,3 al 1,2 por ciento del avalúo catastral, según el municipio y la categoría del predio. Un lote urbano sin construir suele tributar a tarifa más alta que una vivienda ocupada.
¿Puedo sacar el predial de un predio que no está a mi nombre?
Sí. El estado de cuenta del predial se consulta por matrícula o código catastral y no exige ser el propietario. Por eso un comprador puede verificar deudas antes de firmar promesa.
¿Las deudas de predial pasan al comprador?
Sí. El predial es una obligación que recae sobre el predio, así que los saldos anteriores terminan afectando al nuevo dueño. Revise el estado de cuenta de varios años antes de cerrar el negocio.